El 1 de enero de 2026, concluido el periodo transitorio (1 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2025), comienza a aplicarse de forma plena el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (Carbon Border Adjustment Mechanism o CBAM). A partir de esa fecha, solo los declarantes autorizados, ya sean importadores o representantes aduaneros indirectos, podrán importar las mercancías CBAM en el territorio aduanero de la Unión Europea.
¿Qué es el CBAM?
El CBAM es un sistema regulatorio que impone un coste de carbono a ciertas mercancías importadas, alineándolo con el precio del carbono pagado por los fabricantes dentro de la UE. Su objetivo es evitar que la industria europea pierda competitividad frente a productos procedentes de países con una legislación ambiental más laxa. Con este mecanismo, la UE busca:
- Reducir las emisiones globales de gases de efecto invernadero (GEI), al equiparar las condiciones para productos importados y producidos en la UE.
- Evitar la fuga de carbono, incentivando que la producción no se desplace fuera de la UE.
- Fomentar la sostenibilidad internacional, promoviendo que terceros países adopten políticas climáticas más rigurosas.
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono es uno de los pilares del paquete legislativo Objetivo 55 y un instrumento clave para que la UE avance hacia su objetivo de neutralidad climática, a más tardar en 2050, en consonancia con el Acuerdo de París. Además, se espera que contribuya a promover la descarbonización en terceros países, actuando como una referencia que impulse la adopción de medidas que determinen un precio justo del carbono emitido durante la producción de mercancías concretas.
Obligaciones del CBAM para importadores a partir de 2026
En la práctica, el CBAM pretende igualar las condiciones entre los productos fabricados dentro de la UE (que ya pagan por emisiones) y los importados. Para ello, obliga a los declarantes autorizados a:
- Presentar una Declaración CBAM anual. Antes del 30 de septiembre del año siguiente a la importación, ha de presentarse una declaración en la que se incluya:
- La cantidad de mercancías importadas.
- Las emisiones directas e indirectas de GEI asociadas al proceso de producción.
- Los certificados CBAM necesarios para cubrir esas emisiones.
- Calcular las emisiones implícitas. El cálculo debe seguir la metodología oficial CBAM e incluir:
- Emisiones directas del proceso industrial.
- Emisiones indirectas (cuando corresponda).
- Factores de emisión estándar cuando los datos del proveedor sean insuficientes.
- Someter estos datos a una verificación externa por una entidad acreditada, garantizando la trazabilidad y la calidad de los mismos.
- Entrega de certificados CBAM en función de las emisiones declaradas. Los estados miembros venderán los certificados en una plataforma central. El precio se calcula según el promedio semanal de derechos de emisión de GEI de la UE.
Novedades del Reglamento (UE) 2025/2083
El CBAM está regulado en el Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y su normativa de desarrollo. Además, en febrero de este año se ha aprobado el Reglamento (UE) 2025/2083 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/956 en lo que respecta a la simplificación y el refuerzo del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, como parte del primer paquete Ómnibus de la Comisión Europea publicado el 26 de febrero de 2025 y que tiene por objeto reducir la carga normativa y administrativa tanto para las empresas de la UE, especialmente para las pymes, como para las instituciones públicas encargadas de su implementación, introducir mejoras para que el CBAM resulte un instrumento eficiente y robusto a largo plazo y mantener el reto climático.
Entre las principales novedades introducidas por el Reglamento (UE) 2025/2083, destacan las siguientes:
- Exención de minimis. Los importadores con un volumen anual inferior a 50 toneladas netas de mercancías sujetas al CBAM quedan exentos de las principales obligaciones del mecanismo. Las importaciones de hidrógeno o electricidad no se incluyen en esta exención.
- Se reduce del 80% al 50% el porcentaje mínimo de certificados CBAM que deben mantenerse en cuenta cada trimestre.
- Reconocimiento del precio del carbono en origen. Podrá descontarse si el país exportador aplica un precio al carbono.
- Se precisan las reglas para el uso de valores por defecto y la verificación de emisiones por entidades acreditadoras independientes, con el fin de armonizar criterios y reducir cargas administrativas.
- Se establece que la recompra de certificados CBAM no utilizados podrá realizarse hasta el 31 de octubre de cada año.
- Se introducen sanciones específicas en caso de superar el umbral de exención sin la debida autorización, así como medidas que permiten a la aduana suspender importaciones hasta que se regularice la situación del operador.
Sectores cubiertos por el CBAM
El CBAM no afecta a todas las mercancías importadas en la UE, sino únicamente a los productos incluidos en el Anexo I del Reglamento 2023/956. Son los siguientes:
- Cemento.
- Hierro.
- Acero.
- Aluminio.
- Fertilizantes.
- Hidrógeno.
- Electricidad.
No obstante, es imprescindible revisar las clasificaciones arancelarias y el país de origen para determinar si un producto está afectado.
Cómo obtener la autorización de declarante CBAM
El proceso para obtener la autorización de Declarante autorizado CBAM, según recoge el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/486, de 17 de marzo de 2025, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos y procedimientos relativos a la condición de declarante autorizado a efectos del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC), es el siguiente:
- Presentación de la solicitud. Ha de presentarse ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Registro CBAM establecido por la Comisión Europea.
- Evaluación administrativa en un plazo de 120 días naturales. La autoridad competente revisa:
- La capacidad financiera y operativa de los solicitantes de la autorización.
- La ausencia de infracciones graves o reiteradas.
- La necesidad de una garantía económica en casos específicos.
- Resolución y acceso como Declarante autorizado.
Cómo saber si tu empresa está afectada por el CBAM
Una empresa debe analizar los siguientes ítems para evaluar si está afectada por el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono:
- Códigos TARIC de los productos importados.
- País de origen, ya que algunos países no están sujetos.
- Volumen anual importado, por la nueva exención de 50 toneladas.
- Disponibilidad y calidad de datos de emisiones del proveedor internacional.
GAIAMBIENTE, tu aliado para cumplir con el CBAM
En GAIAMBIENTE, como consultora especializada en sostenibilidad y regulación ambiental, acompañamos a empresas importadoras y exportadoras en todas las obligaciones técnicas, documentales y estratégicas vinculadas a la implementación del CBAM, ofreciendo un servicio integral que les permita adaptarse a los nuevos requisitos establecidos por la UE. Entre otras labores, nuestro equipo de expertos se encarga de:
- Diagnóstico inicial de cumplimiento.
- Identificación de si los productos que maneja la empresa están dentro del ámbito del CBAM.
- Revisión de cadenas de suministro y procesos de importación.
- Análisis de brechas regulatorias.
- Cálculo de emisiones de GEI según la metodología CBAM.
- Recolección de datos de proveedores fuera de la UE.
- Cálculo de emisiones directas e indirectas conforme a la metodología oficial.
- Conversión a emisiones incrustadas por tonelada de producto importado.
- Implementación de sistemas de gestión de datos CBAM
- Diseño de procedimientos para recopilar y verificar información de emisiones.
- Capacitación a proveedores de fuera de la UE.
- Establecimiento de plantillas y herramientas de seguimiento.
- Elaboración y presentación de reportes CBAM
- Cálculo del número de certificados CBAM a adquirir (desde 2026).
- Gestión administrativa de compra y entrega (desde 2026).
- Verificación y aseguramiento de la información
- Coordinación con verificadores acreditados para auditorías obligatorias.
- Auditoría interna.
- Preparación de evidencias y trazabilidad documental.
- Gestión con proveedores de países terceros
- Solicitud de datos de emisiones.
- Corrección y validación de información.
- Negociación de compromisos ambientales con proveedores críticos.
- Optimización de costes y estrategia de descarbonización
- Proyección del impacto económico de CBAM en la empresa.
- Evaluación de proveedores alternativos con menor huella de carbono.
- Diseño de planes de descarbonización y eficiencia energética.
- Capacitación y apoyo en auditorías
- Formación interna sobre la normativa CBAM y sus requisitos.
- Respuesta ante administraciones.
- Defensa técnica de cálculos y documentación.
Contacta con nosotros
Si tu empresa importa productos incluidos en el CBAM y quieres prepararte para su entrada en vigor plena en 2026, contacta con nosotros. En GAIAMBIENTE, te ayudamos a:
- Comprender e implementar la nueva regulación.
- Evitar sanciones.
- Reducir costes futuros.
Convierte el reto regulatorio que supone el CBAM en una oportunidad para mejorar la sostenibilidad y competitividad de tu compañía.