GAIAMBIENTE: tu aliado para verificar el cumplimiento del principio DNSH y acceder con éxito a subvenciones europeas

En los últimos años, las subvenciones europeas se han convertido en una oportunidad clave para financiar proyectos de innovación, sostenibilidad y transformación digital. Sin embargo, para acceder a estos fondos las empresas deben cumplir una serie de requisitos ambientales cada vez más exigentes. Uno de ellos es el principio DNSH (Do No Significant Harm), un criterio obligatorio en muchas convocatorias vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y a otros programas de financiación de la Unión Europea.

Este principio exige que los proyectos financiados no causen un perjuicio significativo a los objetivos ambientales europeos. Por ello, las empresas deben demostrar mediante un análisis y un informe DNSH que sus actividades cumplen con esta condición.

En GAIAMBIENTE, consultora especializada en sostenibilidad y medio ambiente, ayudamos a las organizaciones a evaluar, justificar y certificar el cumplimiento del principio DNSH, facilitando el acceso a subvenciones europeas y reduciendo los riesgos regulatorios.

¿Qué es el principio DNSH?

El principio DNSH establece que, para recibir subvenciones europeas, las actividades de una empresa no deben causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales recogidos en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), así como en el  artículo 17 del Reglamento 2020/852 de la Comisión Europea. Son los siguientes:

  • Mitigación del cambio climático.
  • Adaptación al cambio climático.
  • Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
  • Economía circular.
  • Prevención y control de la contaminación.
  • Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

Un proyecto solo puede considerarse compatible con el principio DNSH si no genera impactos negativos significativos en ninguno de estos objetivos. Este requisito forma parte de la Taxonomía Europea de Finanzas Sostenibles y se aplica especialmente a proyectos financiados mediante:

  • Fondos Next Generation EU.
  • Programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Subvenciones europeas vinculadas a sostenibilidad y transición ecológica.

¿Por qué es obligatorio cumplir con el principio DNSH?

El análisis DNSH no es un mero trámite administrativo. Es un requisito imprescindible para acceder a financiación pública vinculada a la transición ecológica. Las administraciones exigen que los solicitantes presenten documentación técnica que justifique este cumplimiento, incluyendo, habitualmente, lo siguiente:

  • Evaluación del impacto ambiental de la actividad.
  • Análisis del cumplimiento DNSH.
  • Elaboración de un informe DNSH.
  • Documentación justificativa para auditorías o revisiones.

Si un proyecto no demuestra adecuadamente su compatibilidad con este principio, la subvención puede ser denegada o incluso revocada. Por ello, el proceso de evaluación DNSH requiere un análisis técnico estructurado que permita justificar que la actividad no produce impactos ambientales significativos.

Solución integral: software DNSH + asesoramiento técnico experto

En GAIAMBIENTE, ofrecemos un servicio integral a entidades que quieran asegurar el cumplimiento del principio DNSH en sus proyectos. Para ello, hemos desarrollado y puesto a disposición de nuestros clientes el primer software de autoevaluación del principio DNSH. Esta novedosa plataforma, adaptada a las normativas europea y española, cuenta con los mayores estándares de cumplimiento de los requisitos establecidos. No obstante, nuestra oferta se completa con la intervención de técnicos ambientales especializados en la materia, quienes contribuyen a realizar tanto las justificaciones técnicas necesarias como a validar que la información introducida en el software es correcta para la justificación del principio DNSH.

Actividades no elegibles y elegibles de forma justificada

En una primera fase de intervención, el equipo de GAIAMBIENTE evalúa la actividad propuesta y determina su compatibilidad con los criterios DNSH y con la normativa ambiental europea. La importancia de este requisito es crucial, ya que su incumplimiento podría conducir a que algunas actuaciones se declararan no financiables. Así, se establecen dos grandes categorías de actividades:

  1. Actividades no elegibles. Son actividades que, por su propia naturaleza y características, afectan de forma significativa a uno o varios de los seis objetivos medioambientales. Han de descartarse sin proceder a su evaluación o justificación. La Comisión Europea identifica estas actividades en su Guía Técnica y en el Anexo de la Decisión de Ejecución del PRTR. Entre ellas, se cita, por ejemplo, la construcción de refinerías de crudo, centrales térmicas de carbón y proyectos que impliquen la extracción de petróleo o gas natural, debido al perjuicio al objetivo de mitigación del cambio climático
  2. Actividades elegibles de forma justificada. Son aquéllas en las que se puede demostrar que no se van a causar daños significativos a ninguno de los seis objetivos medioambientales. Dentro de estas actividades se pueden distinguir las siguientes subcategorías:
    • Actividades que no tienen un bajo impacto ambiental. Deberían restringirse solo a casos excepcionales y claramente justificados, bajo requisitos concretos, los cuales vienen recogidos en la Guía Técnica de la Comisión Europea.
    •  Actividades que tienen un bajo impacto ambiental. Son actividades cuya justificación resultaría a priori más sencilla, al estar sometidas a una menor condicionalidad derivada de sus menores efectos ambientales.

Análisis técnico

Tras la fase de evaluación, GAIAMBIENTE elabora un análisis técnico para justificar la no afectación de ninguno de los seis objetivos ambientales. Para ello, utilizando nuestro software, se identifican todos los impactos directos e indirectos primarios que cada actuación presenta a lo largo de todo su ciclo de vida en los distintos objetivos, garantizando una perspectiva rigurosa de sostenibilidad.

Elaboración del informe DNSH

El resultado de la evaluación se documenta en un informe DNSH, que suele incluir:

  • Descripción del proyecto.
  • Identificación del campo de intervención.
  • Análisis de los seis objetivos ambientales.
  • Justificación técnica del cumplimiento DNSH.
  • Referencias normativas y documentación de apoyo.

Validación acreditada

En algunas convocatorias de financiación, el cumplimiento del principio DNSH debe ser validado o certificado por entidades acreditadas. En este tramo del proceso, los técnicos de GAIAMBIENTE también asisten a la empresa, ofreciendo apoyo técnico especializado y reduciendo el riesgo de errores en la justificación ambiental del proyecto.

Ventajas de cumplir con el principio DNSH

Además de dar acceso a optar a subvenciones europeas, cumplir con el principio DNSH, reporta, entre otras, las siguientes ventajas:

  • Permite identificar y corregir actividades que puedan tener un impacto ambiental negativo significativo, mejorando la sostenibilidad del proyecto. 
  • Refuerza la reputación ambiental de la organización ante inversores, clientes, administraciones públicas y la sociedad en general.
  • Previene el incumplimiento regulatorio y, en consecuencia, evita posibles sanciones derivadas del mismo.
  • Garantiza el cumplimiento de la Taxonomía Europea de Finanzas Sostenibles.

Contacta con GAIAMBIENTE

Si necesitas evaluar y justificar el cumplimiento del principio DNSH, ponte en contacto con GAIAMBIENTE y descubre cómo nuestro software DNSH y nuestro equipo técnico pueden ayudarte a convertir tu proyecto en una iniciativa ambientalmente sostenible y elegible para acceder a financiación europea.