Los nuevos ESRS 2026 ya son una realidad. El 21 de septiembre de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento Delegado (UE) 2026/1563, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 e introduce una versión simplificada de los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS).
Esta modificación supone un cambio relevante en el marco europeo de información sobre sostenibilidad. La simplificación de los estándares busca reducir la carga asociada al reporting, pero también obliga a las organizaciones afectadas a revisar cómo están gestionando actualmente sus datos, procesos internos y sistemas de gobernanza en materia de sostenibilidad.
Por tanto, la adaptación no consiste únicamente en modificar la estructura del informe. Será necesario analizar qué información debe recopilarse, cómo se obtiene, quién es responsable de ella y qué controles existen para garantizar su calidad y trazabilidad.
¿Qué son los ESRS y qué relación tienen con la CSRD?
Los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS o European Sustainability Reporting Standards), denominados también Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS), establecen la información que deben divulgar las empresas sujetas a las obligaciones europeas de información corporativa sobre sostenibilidad.
Los ESRS constituyen el marco técnico utilizado para desarrollar las obligaciones de reporting derivadas de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD o Corporate Sustainability Reporting Directive).
A través de estos estándares, se determina qué información debe proporcionar una empresa sobre sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados con cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza.
Principales cambios de los nuevos ESRS 2026
El Reglamento 2026/1563 sustituye los Anexos I y II del Reglamento 2023/2772 y revisa de forma significativa los estándares de información sobre sostenibilidad.
Entre los principales objetivos de esta simplificación, se encuentran los siguientes:
- Reducir el número de puntos de datos que deben reportarse.
- Dar mayor prioridad a la información cuantitativa frente a determinados contenidos narrativos.
- Diferenciar con mayor claridad los datos obligatorios de aquellos de carácter voluntario.
- Establecer instrucciones más claras para aplicar el principio de importancia relativa o materialidad.
- Mejorar la coherencia entre los ESRS y el resto de la normativa europea.
- Favorecer la interoperabilidad con otros estándares internacionales de información sobre sostenibilidad.
De esta forma, la simplificación de los ESRS no supone que las empresas puedan limitarse a sustituir unas tablas por otras. Los cambios afectan también a la forma en la que se identifica, recopila, valida, controla y presenta la información de sostenibilidad.
Cambio en el ámbito de aplicación de la CSRD
La Directiva (UE) 2026/470, conocida como la Directiva Ómnibus I y publicada en febrero de 2026, ya modificó el ámbito de aplicación de las obligaciones de información sobre sostenibilidad, reduciendo el número de empresas sujetas a los artículos 19 bis y 29 bis de la Directiva 2013/34/UE. Ahora, los nuevos ESRS se han desarrollado teniendo en cuenta este nuevo escenario regulatorio.
Por este motivo, una de las primeras comprobaciones que debería realizar cualquier organización que estuviera trabajando en la aplicación de la CSRD es determinar si, después de los últimos cambios normativos, continúa estando incluida dentro de su ámbito de aplicación.
Esta revisión debe realizarse antes de abordar cambios en los sistemas de información o en los procedimientos de reporting, ya que puede condicionar el alcance de las obligaciones de la empresa.
El dato de sostenibilidad empieza mucho antes del informe
Uno de los aspectos clave de los nuevos ESRS es el origen y la calidad de la información. Para poder elaborar una declaración de sostenibilidad conforme al nuevo marco, las empresas deberán contar con procesos suficientemente sólidos que permitan:
- Identificar los datos de sostenibilidad relevantes.
- Determinar qué información es material.
- Definir responsabilidades dentro de la organización.
- Recopilar y consolidar información procedente de diferentes departamentos.
- Garantizar la trazabilidad y calidad de los datos.
- Establecer mecanismos de revisión y validación.
- Integrar la información de sostenibilidad en los procesos de gobernanza y toma de decisiones.
- Gestionar adecuadamente la información procedente de la cadena de valor.
El propio Reglamento refuerza el papel de cuestiones como la doble materialidad, la presentación fiel de la información, el nivel de agregación de los datos y la posibilidad de omitir determinada información en las condiciones previstas por los estándares
Por ello, disponer de un adecuado sistema de información de sostenibilidad resulta cada vez más importante. El reporting debe apoyarse en procesos internos capaces de demostrar de dónde procede cada dato, cómo se ha calculado y qué controles se han aplicado antes de incorporarlo a la declaración de sostenibilidad.
Gobernanza y nuevos ESRS: responsabilidades y controles internos
La adaptación a los nuevos ESRS no debería abordarse únicamente como un ejercicio de reporting. Las organizaciones tendrán que analizar cuestiones tan concretas como quién genera cada dato, quién lo revisa, quién lo valida, quién lo consolida y quién asume la responsabilidad final sobre su comunicación. Esto implica revisar los procedimientos internos, las responsabilidades asignadas, los controles existentes y los flujos de información entre departamentos.
Por este motivo, la sostenibilidad debe integrarse progresivamente en los sistemas de gestión y en los procesos habituales de la organización, en lugar de funcionar como un proceso independiente que comienza únicamente cuando llega el momento de elaborar el informe.
¿Cuándo serán aplicables los nuevos ESRS?
El Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 entrará en vigor el 10 de noviembre de 2026 y los nuevos estándares serán aplicables, con carácter general, a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.
No obstante, se establece un régimen transitorio para determinadas empresas respecto a los ejercicios que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. En estos casos, las empresas incluidas en el supuesto previsto por el Reglamento podrán aplicar los estándares anteriores, en la versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2025/1416, o utilizar los nuevos estándares. Cuando se haga uso de esta posibilidad, deberá indicarse en la correspondiente declaración de sostenibilidad.
Por tanto, es recomendable que las organizaciones no esperen al cierre del ejercicio para analizar el impacto y las consecuencias de la modificación.
¿Qué deben revisar ahora las empresas afectadas por los nuevos ESRS?
La publicación del nuevo Reglamento constituye una buena oportunidad para realizar un análisis de impacto de los cambios introducidos en los ESRS. Entre las principales cuestiones que conviene revisar, están las siguientes:
- Ámbito de aplicación. Comprobar si la empresa continúa estando sujeta a las obligaciones europeas de información sobre sostenibilidad tras las modificaciones de la CSRD.
- Doble materialidad. Analizar si la evaluación realizada sigue siendo adecuada teniendo en cuenta la nueva estructura y los criterios establecidos por los estándares.
- Datos e indicadores. Identificar qué información debe mantenerse, qué datos dejan de ser necesarios y si aparecen nuevas necesidades de información.
- Procesos internos. Comprobar que los procedimientos establecidos permiten recopilar información fiable, consistente, trazable y verificable.
- Gobernanza. Revisar si las responsabilidades relacionadas con la generación, revisión, validación y consolidación de la información están claramente definidas.
- Cadena de valor. Analizar qué información se solicita actualmente a proveedores y otros actores de la cadena de valor y valorar si estas solicitudes deben modificarse.
- Reporting. Identificar los cambios que será necesario introducir en la estructura y contenido de la declaración de sostenibilidad.
Realizar esta revisión con suficiente antelación puede evitar que las empresas sigan manteniendo procesos de recopilación de información que ya no sean necesarios y, al mismo tiempo, permite detectar aquellos datos, procedimientos o controles que será necesario reforzar.
GAIAMBIENTE: acompañamiento en la adaptación a los nuevos ESRS
En GAIAMBIENTE, consideramos que la publicación del Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 supone una oportunidad para que las organizaciones revisen sus sistemas de gestión de la sostenibilidad y los adapten al nuevo escenario regulatorio.
Nuestro equipo puede ayudar a las organizaciones en el análisis de aplicabilidad de la CSRD y los ESRS, la revisión de la evaluación de doble materialidad, la identificación de los requisitos de información, el análisis de los procesos internos de gobernanza y gestión de datos y la definición de las actuaciones necesarias para adaptar el sistema de reporting.
Porque la adaptación a los nuevos ESRS no consiste únicamente en preparar un nuevo informe. Se trata de asegurar que la organización dispone de los datos, procesos, controles y responsabilidades necesarios para elaborar su información de sostenibilidad con garantías.
¿Quieres saber cómo afecta el nuevo Reglamento 2026/1563 a tu organización? En GAIAMBIENTE, te ayudamos a analizar su aplicación y a definir el camino para adaptar tus sistemas de gestión e información de sostenibilidad al nuevo marco europeo. Contacta con nosotros.