AUTORIZACIÓN DE AGENTE Y NEGOCIANTE DE RESIDUOS

La Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados introdujo dos nuevas figuras en la gestión de residuos: el agente y el negociante de residuos. Dichas figuras, adicionalmente, deben cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 553/2020 en materia de traslado de residuos.

Por un lado, el agente de residuos es un operador que actúa por cuenta de un tercero. Este contrata sus servicios de intermediación para que organice en su nombre el tratamiento de los residuos. Sin embargo, los residuos son responsabilidad del tercero, pudiendo ser este el productor u otro titular. Por tanto, es este quien determina quién será la personalidad encargada de tratar sus residuos. Por otro lado, el negociante de residuos es un operador que actúa por cuenta propia. Compra los residuos al productor o su poseedor. Este acto de compra conlleva la transmisión de la propiedad, que debe materializarse mediante el cumplimiento del contrato entre las partes. De esta forma el negociante de residuos determina el tratamiento más adecuado a los residuos adquiridos.

Para obtener la autorización de agente o negociante de residuos es necesario elaborar diferentes documentos técnicos y el abono de una tasa. Desde GAIAMBIENTE nos encargamos de todo el proceso.

Proceso para obtener el alta como agente y negociante de residuos

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