¿Qué es el Registro SANDACH de fertilizantes y cómo funciona?

Se definen como SANDACH los subproductos animales no destinados al consumo humano, ya sea por razones sanitarias o por decisión del operador. Incluyen cuerpos de animales o partes, así como productos de origen animal u obtenidos a partir de animales, derivados de la producción primaria ganadera y de la actividad en la industria de la transformación de los alimentos de origen animal (mataderos, plantas de producción de alimentos para consumo humano, sector lácteo o ganado muerto en las granjas). En el Registro SANDACH están incluidas también todas las organizaciones del sector de la alimentación animal, ya sea de animales para producción de alimentos como los de compañía.

¿A quién se dirige?

Pueden solicitar su inclusión en este registro las empresas dedicadas a procesar, valorizar, manipular, transportar, almacenar, eliminar, usar como combustible, fabricar alimentos para animales de compañía, fabricar abonos y enmiendas del suelo de origen orgánico, transformar en biogás o compost, etc. Según el artículo 2.46 del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, se considera fabricante al responsable de introducir en el mercado un producto fertilizante. Es el caso de productores, importadores o envasadores que trabajen por cuenta propia, así como los distribuidores o quienes modifiquen las características, el envasado o el etiquetado del producto.

Por tanto, según esta definición no serán fabricantes los distribuidores que no hagan cambios en las características del producto, los almacenistas, distribuidores y minoristas que no manipulen el fertilizante ni su envase o etiqueta. Por tanto no tienen la obligatoriedad de sumarse al «Programa de Control Oficial de establecimientos, plantas y operadores SANDACH en productos fertilizantes«, aunque es decisión de cada CCAA su inclusión.

Sin duda, es necesaria una correcta gestión de estos subproductos desde que se producen hasta su uso final, su valoración y destrucción. De esta forma se evitan riesgos para la salud de las personas, de los animales o daños en el medio ambiente.

¿Qué normativa aplica y quién gestiona el Registro SANDACH?

El marco legal comunitario que aplica desde el 4 de marzo de 2011 es el Reglamento (CE) Nº 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) Nº 142/2011, de la Comisión. Asimismo, el Real Decreto 476/2014 regula el Registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano. Obliga a inscribirse en el Registro a fabricantes, transportistas, distribuidores y almacenistas, así como a garantizar la trazabilidad de los productos con la documentación y las herramientas informáticas necesarias.

Son las comunidades autónomas las encargadas de gestionar y controlar el Registro, por lo que la forma de realizar las inspecciones también varía de un territorio a otro. Además, es tarea de las CCAA informar a los sectores implicados de la obligatoriedad de sumarse al Registro usando la aplicación destinada a ello, así como garantizar la trazabilidad.

A pesar de lo anterior, un fabricante que solicite la inscripción en el Registro de productos fertilizantes y use subproductos SANDACH debe presentar la correspondiente Autorización SANDACH. No será necesario en el caso de que pueda demostrar ante la CCAA que se acoge a la exención que se menciona en la Nota interpretativa sobre los distribuidores de productos fertilizantes dentro del Plan de Control SANDACH, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en donde se señala que:

La autoridad competente podrá eximir de la notificación obligatoria a la que se refiere el artículo 23, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) No 1069/2009 a… los explotadores que manipulen y distribuyan abonos o enmiendas del suelo de origen orgánico exclusivamente en embalajes listos para la venta al por menor con un peso de 50 kg como máximo para usos externos a la cadena de alimentación animal y humana.

No hay que olvidar tampoco que los productos productos con materias primas de origen orgánico deben ser inscritos por obligación antes de su comercialización en el Registro de Productos Fertilizantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En GAIAMBIENTE ofrecemos un servicio de consultoría de fertilizantes, por lo que estamos al tanto de la normativa nacional y Europea que aplica al sector. Además, llevamos a cabo la tramitación de la inscripción en el Registro SANDACH y la adaptación al nuevo reglamento sobre abonos CE 2019/1009.

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